¿Cuándo es necesario el ICE?
En los edificios destinados a uso residencial:
- Cuando se soliciten ayudas a la rehabilitación de elementos comunes del edificio.
El ICE un documento a incorporar al procedimiento de rehabilitación
El Informe de Conservación del Edificio ha de incorporarse a la documentación necesaria para la tramitación de ayudas a la rehabilitación y se considera documento indispensable para la tramitación de las ayudas cuando las obras afecten a los elementos comunes del edificio. Como consecuencia de ello los promotores de rehabilitación (comunidades de propietarios, propietarios…) deberán dirigirse a los profesionales para contratar la redacción y elaboración del Informe e incluirlo a la documentación requerida para acceder a las ayudas a la rehabilitación.
¿Qué profesionales los realizarán?
Los llevarán a cabo profesionales titulados legalmente, como arquitectos, aparejadores, arquitectos técnicos e ingenieros de la edificación, mediante encargo del cliente o promotor de la rehabilitación.
¿Qué ayudas se tienen para la elaboración de los Informes?
El coste correspondiente a la redacción del Informe de Conservación del Edificio podrá incluirse dentro de los costes derivados de la rehabilitación como presupuesto protegible, pudiendo optar en cualquier caso a las ayudas a la rehabilitación que le correspondan atendiendo a las obras que realicen.
¿Cómo puede el profesional realizar el ICE?
La Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda pone a disposición de los ciudadanos en general y de los profesionales en particular, a través de su página web el programa informático ICEWIN, de descarga libre, y que se establece como herramienta autorizada para la redacción del Informe. Igualmente se ha elaborado un Manual Técnico de apoyo a la redacción del mismo, descargable libremente desde esta página.
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